lunes, 6 de abril de 2020

MODELO DE CONVENIO PARA DISMINUIR LAS CONDICIONES GENERALES DEL TRABAJO

Ayuntamiento de Mocorito - FRACCIÓN XVII - CONDICIONES DE TRABAJO

Derivado de la Contingencia provocada por el vírus SARS-CoV-2 o Covid-19 el cual se detectó por primera vez en la ciudad de Wuhan China, en el mundo de los negocios ha provocado una parálisis de las transacciones económicas, ya que al día de hoy la pandemia se ha extendido a todas las regiones del mundo, afectando la salud de las personas, manifestado a través de tos, fiebre y provocando decesos.

Es por ello que en las empresas que han realizado paros técnicos de manera parcial o total, se ven obligados a disminuir las condiciones generales de trabajo, con el único fin de proteger la fuente de trabajo en el presente y futuro. Por otro lado, si es de su conocimiento, hay que recordar que los derechos laborables adquiridos son irrenunciables, sustentados en la norma que los protege.

Entonces, ¿que podemos hacer?

Una salida la podemos encontrar en el artículo 33 de la Ley Federal del Trabajo la cual transcribo a continuación.

"Es nula la renuncia que los trabajadores hagan de los salarios devengados, de las indemnizaciones y demás prestaciones que deriven de los servicios prestados, cualquiera que sea la forma o denominación que se le dé.

Todo convenio o liquidación, para ser válido, deberá hacerse por escrito y contener una relación circunstanciada de los hechos que lo motiven y de los derechos comprendidos en él. Será ratificado ante los Centros de Conciliación o al Tribunal según corresponda, que lo aprobará siempre que no contenga renuncia de los derechos de los trabajadores.

Cuando el convenio sea celebrado sin la intervención de las autoridades, será susceptible de ser reclamada la nulidad ante el Tribunal, solamente de aquello que contenga renuncia de los derechos de los trabajadores, conservando su validez el resto de las cláusulas convenidas."

De acuerdo a la "Declaratoria de Emergencia Sanitaria por Causas de Fuerza Mayor" publicada en el DOF del 31 de marzo de 2020, se sugiere la suspensión de todas las actividades no esenciales para evitar y detener el contagio de la sepa en referencia, con lo que conlleva detener las actividades económicas y en consecuencia la falta de ingresos necesarios para cubrir los compromisos laborales, tributarios y de los adquiridos con terceros, como lo puede ser los proveedores, bancos o acreedores.

Una vez expuesto lo anterior, y tomando en cuenta el riesgo actual de las empresas que dotan de empleo, será necesario celebrar de común acuerdo con los trabajadores, un convenio que modifique las condiciones generales de trabajo de manera temporal, al menos hasta que se suspenda la Declaratoria de Emergencia Sanitaria por Causas de Fuerza Mayor o hasta que las condiciones económicas lo permitan, considerando que una vez pasada la ola de contagios, va a prevalecer un ambiente árido para los negocios, derivado de la recesión económica mundial.

Es por ello que vengo a exponer un modelo de Convenio, el cual solo es para fines de orientación, ya que carece de estructura y fundamentos jurídicos, que un especialista en la materia podrá afinarlo, de acuerdo a las circunstancias de cada patrón.

Convenio laboral que modifica condiciones individuales




CONVENIO LABORAL QUE MODIFICA LAS CONDICIONES INDIVIDUALES DE TRABAJO CELEBRADO ENTRE EL TRABAJADOR FABIAN XXXXX XXXXX Y LA EMPRESA XXXXX SA DE CV, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SHARON XXXX XXXX, A QUIENES SE LES DENOMINARA EN LO SUCESIVO "EL TRABAJADOR" Y "EL PATRON" RESPECTIVAMENTE, Y A AMBOS "LAS PARTES", SUJETANDOLO BAJO LOS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES.

1.- "LAS PARTES" tienen celebrado un Contrato Individual de Trabajo escrito desde la fecha 30 de mayo de 2005.

2.- De la fecha indicada al día de hoy, el trabajo se ha prestado de forma normal y de modo ininterrumpido.

3.- Las condiciones generales de trabajo que se pactaron y que actualmente tienen vigencia en la relación individual de trabajo son:

Las contenidas en la Ley Federal del Trabajo y de modo especial en el Título Tercero de la misma. Así como las siguientes:

a).- Jornada:               
Completa de 8 horas al día
b).- Días de descanso:
Domingo
c).- Vacaciones:
De acuerdo al artículo 76 de la Ley Federal del Trabajo
d).- Prima vacacional:   
25% sobre las vacaciones pagadas
e).- Salario diario:               
400
f).- Aguinaldo:               
15 días
g).- Puesto:
Tornero
h).- Labores inherentes al puesto:       
Todo lo inherente al taller
i).- Lugar de la prestación de servicios:       
Privada de xxxxxxx número exterior xx en Toluca Estado de México
j).- Obligaciones especiales del Trabajador:   
Todos los contemplados en el Título Cuarto Capítulo II de la Ley Federal del Trabajo
k).- Obligaciones especiales del Patrón:       
Todos los contemplados en el Título Cuarto Capítulo I de la Ley Federal del Trabajo
l).- Duración del Contrato de Trabajo:       
Indefinido
m).- Otras:               
Las horas de trabajo que correspondan al día sábado se podrá distribuir en el resto de la semana.


4.- Ahora bien, dadas las condiciones económico-administrativas por las que la empresa atraviesa, motivadas por la Declaratoria de Emergencia Sanitaria por Causas de Fuerza Mayor publicada en el DOF el 31 de marzo de 2020, y dada la posible recesión económica que enfrenta actualmente el país, "LAS PARTES" para evitar el cierre de la fuente de trabajo o bien la terminación del Contrato Individual existente entre ellas han optado por preservar la relación contractual con apego al principio de "Estabilidad en el empleo que consigna la Ley Laboral y el criterio jurisprudencial, considerando que lo pueden lograr solo modificando las condiciones de trabajo, y para tal efecto se otorgan las siguientes:

C L A U S U L A S.

PRIMERA.- "LAS PARTES" se reconocen mutuamente la personalidad para celebrar el presente Convenio en términos del artículo 692 de la Ley Federal del Trabajo.

SEGUNDA.- Por las razones expuestas en "ANTECEDENTES" y con apoyo en el artículo 57 de la Ley Laboral "LAS PARTES" manifiestan que han decidido modificar las condiciones de trabajo que han tenido en su contrato individual vigente hasta que sea suspendida la Declaratoria de Emergencia Sanitaria por Causas de Fuerza Mayor o hasta la fecha que concluya el riesgo de cierre de la fuente de trabajo por recesión económica, siendo esto el objeto del presente Convenio.

TERCERA.- Manifiestan "LAS PARTES" que de las condiciones descritas en el ANTECEDENTE TERCERO desean modificar las que a continuación .se indican para quedar como sigue:

a).- Jornada:               
Reducida de 8 horas al día, una vez a la semana
b).- Días de descanso:
Domingo
c).- Vacaciones:
De acuerdo al artículo 76 de la Ley Federal del Trabajo
d).- Prima vacacional:   
25% sobre las vacaciones pagadas
e).- Salario diario:               
400
f).- Aguinaldo:               
15 días
g).- Puesto:
Tornero
h).- Labores inherentes al puesto:       
Todo lo inherente al taller
i).- Lugar de la prestación de servicios:       
Privada de xxxxx número exterior xx en Toluca Estado de México
j).- Obligaciones especiales del Trabajador:   
Todos los contemplados en el Título Cuarto Capítulo II de la Ley Federal del Trabajo
k).- Obligaciones especiales del Patrón:       
Todos los contemplados en el Título Cuarto Capítulo I de la Ley Federal del Trabajo
l).- Duración del Contrato de Trabajo:       
Indefinido
m).- Otras:               
Los días no trabajados por parte de “EL TRABAJADOR”, libera a “EL PATRON” al pago de salarios.


CUARTA.- "LAS PARTES" manifiestan que con las modificaciones expuestas podrán continuar la relación contractual y preservar así el principio de "Estabilidad en el empleo" que rige en nuestro derecho.

QUINTA.- "LAS PARTES" manifiestan que las condiciones contractuales que no han sido modificadas expresamente, regirán en el futuro, y es su deseo mantenerlas en su Contrato como hasta hoy.

SEXTA.- "LAS PARTES" por último solicitan a esta H. Junta de Conciliación y Arbitraje que toda vez que el presente Convenio no es contrario a la moral ni a la Ley, ni tampoco implica renuncia de derechos laborales, se sirva aprobar el mismo en todo su clausulado, elevándolo a la categoría de LAUDO EJECUTORIADO, y una vez hecho esto se ordene su registro y archivo. Lo anterior con fundamento en los artículos 33, 57, 982, 983 y 987 de la Ley Laboral.

LEIDO QUE FUE EL PRESENTE LO RATIFICAN LAS PARTES CONTRATANTES EN TODOS SUS TERMINOS EN LA CIUDAD DE TOLUCA ESTADO DE MÉXICO A LOS 06 DIAS DEL MES DE ABRIL DE 2020.



“EL TRABAJADOR”






________________________
Fabian xxxxx xxxxx
“EL PATRÓN”






____________________
Sharon xxxxx xxxxx
xxxxxx SA de CV






Cómo presentar la DIOT

  Cómo presentar la DIOT https://www.canva.com/design/DAFPiUdXrJ0/LFjTcAj4Oy4efrLVJ8cMGg/view?utm_content=DAFPiUdXrJ0&utm_campaign=desig...